CAPITAL FEDERAL 
La LEGISLATURA PORTEÑA SANSIONO una modificación al
Régimen de FALTAS por la cual se Endurecen Algunas Multas por
Infracciones de Tránsito y se Fijan Nuevos Montos , por ejemplo
de 600 pesos para quien Envíe Mensajes de texto mientras Conduce
o hasta 3.000 pesos para quien Exceda las Velocidades Máximas.
La Norma Sancionada  modifica la Ley 451 y Fija un Importe Unico
para la mayoría de las Infracciones de Tránsito, hasta tipificadas con
un Valor Mínimo y  Máximo, cuya Aplicación es Decidida por los
Controladores (los funcionarios que resuelven sobre el monto de
las multas y si éstas corresponden).
-Según esta norma, por pasar un Semáforo con Luz Roja la
modificación plantea una banda de un mínimo de 600 y un 
máximo de 3.000 pesos,
-Habrá sanciones de 600 a 3.000 unidades fijas cuando Circule
en Exceso de más de 20 kilómetros por hora en la Velocidad
Permitida para el tipo de arteria y en más de 40 kilómetros por
 hora en el caso de vías rápidas.
-Cuando se trate de Vehículos de Carga o de Transporte de Pasajeros 
o de Transporte de Personas Menores de Edad o de Personas con 
Necesidades Especiales, y en ambos supuestos, dichos montos se
elevarán al doble en el caso de esta nueva norma.
-En el caso del Conductor de un Vehículo que Estacione en Lugar 
Tarifado y/o Medido en la Vía Pública y Permanezca  un Tiempo
de hasta 1 hora en Exceso del Efectivamente Abonado,
será Sancionado con Multa de 300 unidades fijas.
-Por Falta de Licencia de Conducir seran de 300 pesos, mientras
que por Conducir con la Licencia Vencida  pasan a ser de 300.
-Por Conducir Sin Anteojos o Lentes de Contacto ahora quedaron
 fijadas en 300. Por No Poseer la Chapas Patente sera de 600
unidades.
-La Falta del Seguro Obligatorio tendra un  monto de 600.
-Por Circular Sin Cinturón de Seguridad, pasa de un mínimo de 50
 hasta un máximo de 500 unidades, a 300 unidades.
 - Por Manipular un Teléfono Celular   mientras se conduce , ahora
quedan fijadas en 300 unidades.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
 
 

 
 
 
 
 
 

 
 
 
 
 
 
0 comentarios:
Publicar un comentario