CONSEJOS

jueves, 27 de febrero de 2014

RESTRICCION DE CAMIONES POR RUTAS NACIONALES POR FIN DE SEMANA DE CARNAVAL



 El operativo se coordinará con Gendarmería Nacional, Secretaría de
Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte,
gobiernos provinciales y cámaras empresarias del transporte de cargas.

Con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir
 siniestros de tránsito durante los asuetos públicos por las Fiestas,
 la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) -organismo dependiente
del Ministerio del Interior y Transporte-, junto a la Dirección Nacional
 de Vialidad (DNV), recuerda que se restringirá la circulación de
camiones de más de 3.500 kg en rutas nacionales del país y en
los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Días y horarios en que se aplicará la medida:

 
Viernes 28 de febrero de 18 a 24 hs.



Sábado 1 de marzo 8 a 14 hs.

Martes 4 de marzo de 18 a 24 hs.



TRAMOS Y RUTAS QUE SE APLICARA LA VEDA :


Las autopistas de acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos 



Aires Ricchieri 
Ezeiza-Cañuelas, Del Oeste, La Plata-Buenos Aires y Au. del Sol 
 (Panamericana) 

 en toda su extensión, se verán afectadas por la medida en los 
siguientes sentidos 

de circulación: los días miércoles 19 y jueves 20, mano ascendente 

(salida de la Ciudad), y el domingo 23 en dirección descendente 
(regreso a Capital).



Asimismo, las rutas nacionales especificadas en el siguiente cuadro
presentarán, durante los días y horarios citados, una veda que afectará
 ambas manos de circulación.
 
Nº 3 - desde ciudad autonoma de buenos aires hasta bahia blanca .
Pcia. de BS. AS.
 
Nº 5- desde ciudad autonoma de buenos aires hasta ciudad de trenque lauquen, Pcia. de BS. AS.
 
Nº 7 - desde ciudad autonoma de buenos aires hasta Ciudad de San Luis, 
El tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de San Luis, Pcia 
de San Luis, a 
la Ciudad de Mendoza, Pcia de Mendoza, se restringirá conforme el 
criterio establecido para autopistas en los sentidos y días detallados
 anteriormente.

 Nº 8- desade ciudad autonoma de buenos aires hasta ciudad de villa  
mercedes Pcia.
de SAN LUIS


Nº 9 -desde ciudad autonoma de buenos aires hasta Ciudad de La Quiaca,
 Pcia. de Jujuy. Los tramos correspondientes a Autopista o 
Autovía, entre los kilómetros 0 a 278, se restringirán conforme el 
criterio establecido para autopistas en los sentidos y días detallados 
anteriormente.
 
Nº 11- desde ciudad de rosario Pcia. de santa fe hasta ciudad de formosa
 
Nº 12- desde empalme con ruta nacional 9, provincia de buenos aires hasta
Puerto Iguazú, Pcia de Misiones.Los tramos correspondientes a Autovía, 
entre los kilómetros 80 a 159.91; 1390,9 a 1396.11 y 1636.87 a 
1638.76 se restringirán conforme el criterio establecido para autopistas 
en los sentidos y días detallados anteriormente.
Nº 14- desde ciudad de ceibas, Pcia. de entre rios hasta Ciudad de San 
José, Pcia. de Misiones.Los tramos correspondientes a Autovía, entre 
los kilómetros 0 a 504,38 se restringirán conforme el criterio establecido 
para autopistas en los sentidos y días detallados anteriormente.
 
Nº 19-desde ciudad de santa fe hasta ciudad de cordoba, Pcia. de CORDOBA
 
Nº 20- desde ciudad de cordoba, Pcia de cordoba hasta ciudad de san juan ,
Pcia. de SAN JUAN
 
Nº 22- desde ciudad de bahia blanca , Pcia de buenos aires hasta Pcia. de
NEUQUEN
 
Nº 33- desde ciudad de rosario, Pcia. de santa fe hasta ciudad de bahia blanca
Pcia. de BUENOS AIRES
 
Nº 34- desde empalme con R.N. Nº 12, en la Pcia. de santa fe hasta Ciudad de 
La Banda, Pcia. de Santiago del Estero, incluido el tramo de la provincia 
de Córdoba.Desde su intersección con la R.N. Nº9 en la localidad de 
Güemes, Pcia de Salta hasta la localidad de Yuto, en la Pcia de Jujuy.
 
Nº 35- desde ciudad de rio cuarto, Pcia. de cordoba hasta ciudad de santa rosa,
Pcia. de la PAMPA
Nº 36- desde ciudad de rio cuarto, Pcia de cordoba hasta ciudad de cordoba,
Pcia. de CORDOBA
Nº 38- desde empalme con la R. N. Nº 20, en la Pcia. de cordoba hasta
ciudad de tucuman, Pcia. de TUCUMAN
 
Nº 40- desde empalme co la R.N. Nº 234, de la Pcia. de neuquen hasta
ciudad de esquel, Pcia. de CHUBUT
-desde Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. hasta Ciudad de Malargue, 
Pcia. de Mendoza.
 
Nº 60- desde empalme ruta nacional Nº 9, Pcia. de cordoba hasta empalma
con ruta nacional Nº 157, Pcia. de CATAMARCA.
 
Nº 74-empalme con R. N. Nº 38, Pcia. de la rioja hasta ciudad de chilecito,
Pcia. de LA RIOJA
 
Nº 105- desde ciudad de san juan, Pcia. de misiones hasta ciudad de posadas,
Pcia. de MISIONES
 
Nº 127- desde empalme ruta nacional Nº 12, Pcia. de entre rios hasta
empalme ruta nacional Nº 14, Pcia. de CORRIENTES
 
Nº 141- desde empalme con R.N. Nº 79, Pcia. de la rioja hasta ciudad
der san juan, Pcia. de SAN JUAN
 
Nº 146- desde empalme con la ruta nacional Nº 20, Pcia. de san luis
hasta ciudad de san rafael, Pcia de MENDOZA
 
Nº 147- desde ciudad de san luis, Pcia. de san luis hasta empalme de la
R.N. Nº 20 de la Pcia. de SAN LUIS
 
Nº 148- desde ciudad de villa dolores, Pcia. de cordoba hasta ciudad de
villa mercedes, Pcia. de SAN LUIS
 
Nº 157- desde empalme con la R. N. Nº 60 en la Pcia. de catamarca hasta
ciudad de san miguel de tucuman, Pcia. de TUCUMAN
 
Nº 158- desde ciudad de san francisco, Pcia. de cordoba hasta ciudad de
villa mercedes, Pcia. de SAN LUIS
 
Nº 174- desde ciudad de rosario, Pcia. de santa fe hasta ciudad de
victoria, Pcia. de ENTRE RIOS
 
Nº 188- desde ciudad de san nicolas de los arroyos, Pcia. de Bs. As.
hasta ciudad de general alvear, Pcia. de MENDOZA
Nº 205- desde ciudad de cañuelas, Pcia de Bs. As. hasta ciudad de
bolivar, Pcia. de BUENOS AIRES
 
Nº 226- desde ciudad de general villegas, Pcia. de Bs. As. hasta empalme
con RUTA PROVINCIAL Nº 29, Pcia. de BUENOS AIRES
 
Nº 231- desde empalme con la R.N. Nº 40, Pcia. de neuquen hasta paso
de cardenal samore, Pcia. de NEUQUEN
 
Nº 237- desde empalme con la R. N. Nº 22, Pcia. de neuquen hasta
empalme con la R. N. Nº 40 , Pcia. de NEUQUEN .



Quedan exceptuados de la medida:

Transportes de leche cruda -sus productos derivados y envases 
 asociados-, de animales vivos, de productos frutihortícolas en tránsito, 
exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación 
 audiovisuales, de atención de emergencias, de asistencia de vehículos 
averiados o accidentados, cisterna de traslado de combustibles, de Gas 
 Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo, de transporte de gases
 necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, de transporte 
de medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos 
 urbanos.

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