CONSEJOS

lunes, 30 de diciembre de 2013

SE MULTARA CON DUREZA A LOS TAPA PATENTES

PROVINCIA DE BUENBOS AIRES



El Gobierno de Daniel Scioli anunció que este verano los controles de
 tránsito en rutas y autopistas a la Costa Atlántica y destinos turísticos
sancionarán con el máximo previsto a los “tapa patentes”, aquellos
conductores que alteran la visibilidad del dominio del auto para evitar 
ser identificados.

Los “tapa patentes” serán penados con multas de hasta 8 mil pesos aplicando
 el tope de la sanción prevista por la Ley de Tránsito por considerar que “quien 
obstruye deliberadamente la visibilidad del dominio, lo hace para poder 
cometer un delito sin ser identificado” explicaron desde la Jefatura de 
Gabinete provincial a cargo de Alberto Pérez.
 
“Consideramos que salir a las rutas y antemano pensar en evadir un 
 control o cometer un infracción grave sin ser reconocido, debe ser
 penado. Ese conductor sabe a priori que va a cometer una falta y 
cometer una falta, es burlar la ley”, afirmó José Molina, director 
provincial de Política y Seguridad Vial.
 
Los controles para dar con los “tapa patentes” se realizarán en el marco 
del Operativo Sol que se despliega en todas las rutas que recorren la
 Provincia y que verifican la obligatoriedad de conducir con luces 
 encendidas, con cinturón de seguridad colocados, portando su conductor 
 la licencia habilitante, su DNI, la cédula de identificación del automotor 
 (verde o azul), cobertura de seguro automotor vigente, la VTV del vehículo
 vigente.  
 
De acuerdo al Decreto Reglamentario Nº 532/09, prevé como rango
 mínimo y máximo de sanción de 300 U.F. hasta 1000 U.F por circular sin
 las placas de identificación de dominio correspondientes. El valor de la UF 
es publicado bimestralmente en la web de Jefatura de Gabinete y el 
 valor vigente de cada UF informado por el Automóvil Club Argentino es 
de $ 8,08.
 
Desde la Dirección provincial de Política y Seguridad Vial se adelantó
 que “los conductores que tengan algún ‘obstáculo’ para visualizar su
 patente, pagarán los valores máximos previstos por la Ley”. Es decir
 que las sanciones alcanzaran los 8 mil pesos por tapar el dominio del
 vehículo.
 
Cada infracción se encuentra expresada en este decreto en “UF” (unidades 
fijas) que equivalen a 1 (un) litro de nafta de mayor octanaje según el valor
 informado por el Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata.
 La normativa vigente determina además que el Órgano de Juzgamiento
 puede disponer la sanción dentro de los rangos. Sin embargo, a través 
de una resolución de la Dirección de Política y Seguridad Vial, quien 
circule con su dominio adulterado, será notificado y multado por
 el máximo previsto por intentar ser identificado en caso de una 
contravención.
 
14 modalidades de “tapa patentes”
 
La Jefatura de Gabinete, informó además que sus inspectores de la Dirección 
Provincial de Política y Seguridad Vial junto a los efectivos de la Policía 
de Seguridad Vial cuentan con un relevamiento de unas 14 modalidades
 de adulteración utilizadas por los “tapa patentes”:
 
1.      poner un papel para modificar o tapar la placa de dominio.
2.      colocar una hoja de árbol o pasto sobre alguna letra o número.
3.      suciedad selectiva (con barro o grasa opaca) de la parte trasera 
del vehículo.
4.      cubrir o envolver la placa con franelas, trapos o bolsas.  
5.      carteles o ploteados caídos o apoyados sobre la patente del 
vehículo
6.      cintas roja o celeste y blanca o una bandera que penden de la parte 
superior y los costados que flamean al conducir.
7.      Colocar las patentes de costado o del revés
8.      Pegar una cinta aisladora o tela adhesiva para transformar el número 
o la letra (para que una E pueda convertirse en F o un 8 en 3).
9.      Pegar calcomanías.
10. Doblar la placa
11. lijarla para volverla ilegible.
12. Pegar CD o espejos sobre la placa para que refleje los flashes de las fotomultas.
13. La utilización de cobertores plásticos de todo tipo.
14. Tener colocado un baja patente eléctrico.
 
Qué dice la ley
 
Ley 24.449 Art. 40. — REQUISITOS PARA CIRCULAR. Para poder
 circular con automotor es indispensable: d) Que el vehículo, incluyendo
 acoplados y semirremolques tenga colocadas las placas de identificación 
 de dominio, con las características y en los lugares que establece la 
 reglamentación. Las mismas deben ser legibles de tipos normalizados y 
 sin aditamentos; debe hacerse especial hincapié, en los casos que la 
 infracción a la normativa de tránsito, sea el ocultamiento, modificación, 
o alteración de la chapa patente, ya que al ser un requisito indispensable 
para el control vehicular, para la correcta confección de las actas de 
constatación, ello atenta en forma mediata e inmediata, con los principios
 rectores de la seguridad vial y por ende contra la normativa que rige en la
 materia. 
 
En el ámbito de la provincia de Buenos Aires, y conforme lo regulado por el 
decreto Reglamentario Nº 532/09, se dispone como sanción: “Por circular: 
1.- Sin las placas de identificación de dominio correspondientes, será sancionado 
con multa de 300 U.F. hasta 1000 U.F. 2.- Con placas de identificación de
 dominio no correspondientes, será sancionado con multa de 300 U.F. hasta 
1.000 U.F. 3.- Faltando la placa de identificación de dominio delantera o 
por no tenerla en lugar reglamentario será sancionado con multa de 50 U.F.
 hasta 100 U.F. 4.- Faltando la placa de identificación de dominio trasera
 o por no tenerla en lugar reglamentaria será sancionado con multa de 
50 U.F. hasta 100 U.F.
 
UF: Unidad Fija equivalente al precio por litro de nafta

0 comentarios:

COPIA , PEGA Y LO LEEMOS POR VOS