La retención de licencias de manejo también alcanzará a los conductores
que superen los límites de alcohol en sangre establecidos por la ley o se
encuentre bajo la acción de alguna sustancia que disminuya su capacidad
al volante.
La medida también abarcará a quien supere en 40 kilómetros por hora el
límite de velocidad máxima o circule en moto sin que alguno de sus ocupantes
no utilice correctamente colocado y sujetado el casco.
Otra razón de castigo será no tener consigo el certificado de cobertura
vigente del seguro obligatorio.
El proyecto de ley, respaldado por 39 votos a favor, Raquel Herrero quien
explicó en la iniciativa que los puntos contemplados en el texto busca
adecuar la normativa vigente en la Ciudada la Ley Nacional 26.363.
La Legislatura también aprobó una ley que regula y ordena el
estacionamiento, carga y descarga para los comercios de autoservicio
minorista.
La ley, que fue sancionada con 48 votos a favor y 8 en contra, establece
que los comercios que tengan una superficie no inferior a los 100 metros
cuadrados, no mayor a los mil metros cuadrados y un lugar destinado a
depósito y cámaras frigoríficas, deberán tener un espacio para la carga
y descarga.
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